Código ético

ASOCIADOS Y PARTICIPANTES EN EVENTOS DEL CLUB ESPAÑOL DEL PASTOR DE SHETLAND (CEPdS en adelante)

Normas básicas de comportamiento:

-Deberá tratarse a todas las personas y perros con respeto.

-El bienestar animal debe ser siempre la prioridad absoluta en cualquiera de los ámbitos (hogar, transporte y transcurso de los eventos).

-No levantar calumnias de otros miembros de la asociación o Junta Directiva.

-Respetar las decisiones de los jueces con educación.

-Queda terminantemente prohibida la alteración quirúrgica con fines estéticos de los ejemplares, así como la participación de los mismos en los eventos del CEPdS.

-Respetar el material utilizado en los eventos del CEPdS.

-Queda prohibido presentar o exhibir perros con evidente condición descuidada en los eventos del CEPdS.

Todos los puntos mencionados en este apartado se consideran faltas muy graves, y su incumplimiento podrá llevar a la expulsión del club y prohibición de participación en sus eventos por el tiempo que la Junta Directiva estime oportuno, según la gravedad de los hechos.

Normativa de cría:

Objetivo: Mejora, promoción y selección de la raza Pastor de Shetland en el territorio español.

Se pretende proteger al criador asociado al Club Español del Pastor de Shetland que busca ante todo la calidad en sus camadas, así como al futuro nuevo propietario. Se excluye por tanto a todo criador con ánimo puramente de lucro y a los pseudocriaderos y/o macrocriaderos que se dedican a la venta de perros importados o sin ningún tipo de control en la cría que garantice perros acordes al estándar, sanos y equilibrados.

COMPROMISO

Los adherentes al Convenio de Cría del CEPdS declaran respetar los siguientes puntos:

-Poner solo a la venta ejemplares inscritos en el LOE, RRC o Libro de Orígenes aceptado por la FCI.

-No se permiten cruces entre hermanos directos, madre-hijo, padre-hija o cualquier otro con un alto grado de consanguinidad.

-No tener con una misma hembra más de 2 camadas en 18 meses o más de 3 en 2 años.

-No reproducir con hembras de 10 años cumplidos en el momento de la monta o machos de 12 cumplidos en el momento de la monta.

-No entregar cachorros con una edad inferior a las 8 semanas.

-No reproducir con ejemplares con mala salud o convalecientes.

-Facilitar cachorros con sus vacunas y desparasitación al día, además de bien socializados.

-Firmar una atestación de venta obligatoria o contrato privado.

-Asegurarse que el destino del cachorro sea el apropiado para que disfrute de una calidad de vida satisfactoria, no entregándose nunca para experimentación, alimentación u otro fin que trunque su vida precipitadamente o la condicione negativamente.

-No realizar cruces que puedan dar por resultado cachorros afectados de enfermedades genéticas

FALTAS AL CONVENIO DE CRÍA
  • FALTAS LEVES

No respetar de forma voluntaria los puntos nº 1 y 8 del presente apartado.

  • FALTAS GRAVES

No respetar los puntos nº 2, 3, 5 y 7 de Compromiso del presente Convenio.

Una Falta Grave conllevará la negación del certificado de “cachorro seleccionado” de la camada afectada y podrá conllevar la expulsión del Club en caso de incurrir en más de una por cada camada o en la misma falta de forma reiterada.

  • FALTAS MUY GRAVES

La acumulación de 3 Faltas Graves o las descritas en los puntos 4, 6, 9 y 10

Una falta muy grave conlleva la expulsión del socio del Club por un periodo de 2 años.

Si transcurrido este plazo el criador infractor volviese a hacerse socio de la entidad y a incurrir en una falta muy grave que conllevase a su expulsión de nuevo, no podrá volver a formar parte de la entidad en un futuro.

Cualquier miembro de la asociación que conste en su expediente una falta de consideración muy grave, no podrá formar parte de la Junta Directiva de la asociación en ningún momento.

TODAS LAS INFRACCIONES NO CONTEMPLADAS EN ESTE REGLAMENTO SE REGIRÁN POR LOS REGLAMENTOS DE LA RSCE.